La tarjeta sanitaria individual deberá reunir condiciones de accesibilidad universal para personas con discapacidad, según dispone el Real Decreto 922/2024, de 17 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 183/2004, de 30
La tarjeta sanitaria individual deberá reunir condiciones de accesibilidad universal para personas con discapacidad, según dispone el Real Decreto 922/2024, de 17 de septiembre, por el que se modifica el Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la tarjeta sanitaria individual, aprobado en Consejo de Ministros esta semana, publicado ayer en el Boletín Oficial del Estado y cuyas disposiciones entra en vigor hoy.
A tenor de la nueva norma reglamentaria, “las administraciones sanitarias, de conformidad con la normativa nacional y autonómica de accesibilidad, deben garantizar la accesibilidad de las personas a la tarjeta sanitaria individual”.
Y añade. “En este sentido, en el ángulo inferior derecho de todas las tarjetas sanitarias en soporte físico, se incluirán los caracteres en braille de las iniciales de tarjeta sanitaria individual para las personas con discapacidad visual”.
En cuanto al soporte virtual de la tarjeta, “se estará a lo indicado por el Real Decreto 1112/2018, de 7 de septiembre, sobre accesibilidad de los sitios web y aplicaciones para dispositivos móviles del sector público”.
Con estos requerimientos se atienden las demandas del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) de extender la accesibilidad a la tarjeta sanitaria, tato en su formato físico como digital, ya que ese un elemento de uso masivo que tiene relación con el bien básico de la salud y la atención sanitaria.