El BOE publica hoy el real decreto por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad a los bienes y servicios

El CERMI ha saludado que por fin se haya adoptado el último desarrollo reglamentario que aún estaba pendiente derivado de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social

El CERMI ha saludado que por fin se haya adoptado el último desarrollo reglamentario que aún estaba pendiente derivado de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social de 2013

El Boletín Oficial del Estado publica hoy el Real Decreto 193/2023, de 21 de marzo, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación de las personas con discapacidad para el acceso y utilización de los bienes y servicios a disposición del público, después de su aprobación el pasado lunes por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030. Su entrada en vigor está prevista para mañana jueves.

El CERMI ha saludado que por fin se haya adoptado el último desarrollo reglamentario que aún estaba pendiente derivado de la Ley General de Derechos de las Personas con Discapacidad y de su Inclusión Social de 2013.

Con este reglamento, de aplicación en todo el territorio nacional, se establecen unas condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para las personas con discapacidad en la esfera de los bienes y servicios, con lo que se cierran los desarrollos de la Ley General en materia de accesibilidad universal, que se había traducido en la aprobación anteriormente de sendos decretos en ámbitos como los espacios urbanos y las edificaciones, los medios de transporte, las nuevas tecnologías y la sociedad de la información, las relaciones con las Administraciones Públicas y los procesos electorales.

Todas las condiciones básicas y medidas de acción positiva contenidas en este Real Decreto poseen el carácter de mínimos, pudiendo las comunidades autónomas, las Ciudades de Ceuta y Melilla y las corporaciones locales establecer otras suplementarias o más exigentes, siempre dentro de la esfera de sus competencias.

La demora de años por parte de los distintos Gobiernos en la aprobación de este Real Decreto llevó al CERMI a plantear, como litigación estratégica, un recurso contencioso- administrativo contra el Ejecutivo, por inactividad de la Administración, que se sustanció ante el Tribunal Supremo, que dio la razón a la plataforma de la discapacidad, condenando al Gobierno, en una sentencia sin precedentes, a promulgar el real decreto, de acuerdo con el mandato de la Ley General, que según el alto órgano jurisdiccional era imperativo.

Fuente: CERMI

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