La presidenta del Comité CEDAW de Naciones Unidas urge a la UE a adoptar una estrategia para fortalecer y asegurar una adecuada transposición por los Estados miembros de la legislación europea sobre la violencia contra las mujeres y la violencia machista

Así lo ha exigido durante una audición celebrada esta mañana, por el Comité Económico y Social Europeo (CESE), donde se ha abordado la violencia contra la mujer como cuestión de derechos humanos La presidenta del

Así lo ha exigido durante una audición celebrada esta mañana, por el Comité Económico y Social Europeo (CESE), donde se ha abordado la violencia contra la mujer como cuestión de derechos humanos

La presidenta del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW) de Naciones Unidas, Ana Peláez Narváez, ha pedido a la Unión Europea establecer una estrategia para fortalecer y asegurar una correcta transposición por los Estados miembros de la legislación europea sobre la violencia contra las mujeres y la violencia machista.

A pesar de las contribuciones realizadas por el CESE en relación con la propuesta de Directiva relativa a la lucha contra la violencia contra las mujeres y la violencia doméstica, el texto final adoptado por el Parlamento y el Consejo no ha alcanzado todo su potencial; consecuentemente, el “Grupo ad hoc sobre Derechos Fundamentales y Estado de Derecho”, ha decidido proponer un dictamen de iniciativa para examinar las deficiencias detectadas en dicha Directiva.

Durante su intervención, Peláez, quien es también Vicepresidenta Ejecutiva de la Fundación CERMI Mujeres y Secretaria General del Foro Europeo de la Discapacidad, ha puesto en valor los esfuerzos realizados por la UE y por sus Estados miembros para sacar adelante una Directiva tan necesaria y demandada como esta, para luchar contra esta lacra social, lo que hasta la fecha ha sido una grave asignatura pendiente de la Unión Europea. Pese a ello, desde su punto de vista, “es necesario fortalecer el ámbito de su aplicación, robustecer su enfoque de derechos humanos y evitar ambigüedades, indefiniciones y arbitrariedades en la transposición nacional de dicha legislación, lo que se podría conseguir a través de una estrategia europea de lucha contra la violencia de género contra las mujeres, para fortalecer la prevención, protección de las víctimas y perseguir a sus autores”.  

“Sorprende constatar que, pese a las obligaciones que han contraído todos los países de la Unión Europea con respecto a importantes tratados internacionales de derechos humanos -como la Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer; la Convención sobre los Derechos del Niño, y la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, entre otros- la Directiva no aborda todas las formas de violencia contra la mujer y la violencia doméstica, ni tampoco es contundente con las obligaciones que debieran asumir los Estados miembros en virtud de estos tratados internacionales y del propio Convenio de Estambul del Consejo de Europa”, ha manifestado la Presidenta del Comité CEDAW de la ONU. La ausencia de una definición de “violación”, o de “consentimiento”; la despenalización del aborto por violación; el acoso sexual en el lugar de trabajo; la explotación de la prostitución, la gestación subrogada y la venta de niños, o los matrimonios forzados; la tipificación como delito de las esterilizaciones forzadas y de los abortos coercitivos, entre otras, son algunas de las graves omisiones de la Directiva. “La jurisprudencia del Comité CEDAW de Naciones Unidas, y muy particularmente, su recomendación general n.º 35 sobre la violencia de género contra las mujeres, y la recomendación general n.º 38 sobre la trata de mujeres y niñas en el contexto de la migración global, así como el propio convenio de Estambul, deben servir de base para dicha estrategia”, ha sentenciado Peláez.

En materia de violencia vicaria, especialmente contra los hijos y las hijas de las víctimas, Ana Peláez Narváez ha señalado la necesidad de respetar el interés superior del niño y/o la niña en el régimen de visitas de sus progenitores cuando existan dudas razonables en cuanto a la posibilidad de garantizar el contacto seguro con el o la menor, lo que ha sido pasado por alto por la Directiva.

Pese a contar con un artículo específico, tampoco en materia de accesibilidad y de atención específica a las víctimas con discapacidad se han hecho grandes avances. El texto final solamente contempla la accesibilidad de los servicios telefónicos de ayuda, así como lo relativo a la garantía de acceso a la información y a la comunicación.

“En una Europa que envejece día a día, la violencia contra las mujeres mayores, o la violencia en instituciones cerradas o segregadas, no han sido tenidos en cuenta”, ha concluido Peláez.

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