Ha presentado un recurso contencioso administrativo contra la Orden de 10 de mayo de 2023 por la que se convocan ayudas para adquirir libros de texto y material escolar destinadas al alumnado matriculado en educación
Ha presentado un recurso contencioso administrativo contra la Orden de 10 de mayo de 2023 por la que se convocan ayudas para adquirir libros de texto y material escolar destinadas al alumnado matriculado en educación primaria, educación secundaria obligatoria y educación especial en centros docentes sostenidos con fondos públicos para el curso escolar 2023/24 de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional e Universidades.
La Federación gallega ha considerado que existe una clara discriminación de la normativa hacia el alumnado que apuesta por la educación inclusiva, y que se está produciendo una clara vulneración de sus derechos fundamentales.
Esta orden incorpora un régimen diferenciado y específico en las ayudas de libros para, por un lado, el alumnado matriculado en Educación Especial, en centros específicos o en unidades de Educación Especial de centros ordinarios; y, por otro, para el alumnado con una discapacidad igual o superior al 65%.
La orden indica que “para el alumnado matriculado en EE, en centros específicos o en unidades de EE de centros ordinarios (…) la cuantía de las ayudas será de 300€ con independencia de la renta per cápita de la unidad familiar”; es decir, reciben la cuantía más alta sin ningún tipo de requisito más que estar matriculado en un centro de educación especial o análogo.
Esto no ocurre así en el caso del alumnado con discapacidad escolarizado en educación ordinaria, ya que para estos alumnos la cuantía dependerá de la renta per cápita de la unidad familiar, y no alcanza en ningún momento la cantidad máxima. Down Galicia considera, por tanto, que el alumnado escolarizado en centros ordinarios está menos apoyado que el matriculado en centros de educación especial o similar.
Por otro lado, aquellos alumnos o alumnas con una discapacidad igual o superior al 65% reciben la cuantía más alta sin tener que cumplir ningún otro requisito. Pero la diferenciación a causa del grado de discapacidad es discriminatoria, ya que no existe motivo razonable ni proporcionado para entender que, en cuanto a una prestación de carácter económico con la finalidad de esta orden, un grado de discapacidad pueda suponer, a priori, más o menos ayuda en libros de texto y material escolar entre alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo similares.
Igualmente, en el apartado destinado a las ayudas para material escolar, el alumnado matriculado en la modalidad específica o con una discapacidad superior al 65% recibe sin requisitos la cuantía máxima, mientras que la cantidad recibida por el alumnado matriculado en educación ordinaria dependerá de la renta per cápita familiar.
Vulneración de la normativa vigente
La Federación Down Galicia considera que la orden de ayudas para libros de texto y material escolar de la Xunta de Galicia vulnera varias normativas vigentes en nuestro país.
Por un lado, contraviene el derecho a la educación inclusiva incluido en la Convención Internacional de los Derechos de las Personas con Discapacidad, ratificada por España en el año 2007 y por el Parlamento de Galicia al año siguiente, siendo, por tanto, de obligado cumplimiento.
Por otra parte, la normativa autonómica fomenta claramente el régimen de la educación segregada, contradiciendo los artículos 14 y 27 de la Constitución Española y la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y del Tribunal Supremo existente en la materia.
La diferencia de trato entre el alumnado que escoge la educación inclusiva y el que prefiere la específica no tiene razón de ser, ya que no está justificada. Se está, por tanto, discriminando sin motivo el derecho del propio alumnado a recibir los ajustes razonables necesarios y condicionando el acceso a un derecho fundamental como es la educación inclusiva.
La propia orden de ayudas nombra en su introducción a Ley orgánica 2/2006 de 3 de mayo que recoge en su artículo 83 el establecimiento de bolsas y ayudas al estudio para garantizar la igualdad en el ejercicio del derecho a la educación. Sin embargo, se da la paradoja de que la aplicación real de la normativa de la Consellería vulnera ese mismo planteamiento, excluyendo a parte del alumnado y negándole la igualdad de oportunidades y condiciones.
En consecuencia, el tratamiento desigual que reciben en la convocatoria las situaciones del alumnado a causa del grado de discapacidad y el tipo de escolarización no es respetuoso con el contenido del derecho a la educación inclusiva, de calidad, gratuita y en igualdad de condiciones, establecido en la normativa vigente.
Casi 10 años reivindicando la modificación de la Orden
La reivindicación del Movimiento Down en Galicia, iniciada en el año 2014, se centra simplemente en la necesidad de que todo el alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo sea tratado en igualdad de condiciones, independientemente de su grado de discapacidad o del tipo de escolarización. Es decir, que la orden contemple los mismos requisitos para el alumnado con discapacidad igual o superior al 33% independientemente del centro educativo que escoja para ser educado: ordinario o específico.
La presentación de este recurso contencioso administrativo no ha sido una decisión fácil de tomar. Down Galicia llega a esta medida tras nueve años de escritos, solicitudes de reunión, recursos de reposición, envío de argumentaciones para el cambio de la normativa y promesas de modificación de una orden que nunca llegaron.
Delmiro Prieto, presidente de Down Galicia, explica que “tras casi diez años procurando que la Consellería de Educación rectifique una orden que es claramente discriminatoria para el alumnado escolarizado en la educación ordinaria, contraviniendo cualquier principio de inclusión educativa y viendo que siguen en la misma línea; e incumpliendo su promesa de trabajar en conjunto antes de su publicación, optamos por acudir a la vía judicial para que la justicia se pronuncie sobre este tema”. Prieto incide en que la orden “es discriminatoria y, lógicamente, vulnera principios fundamentales de las personas con necesidades específicas de apoyo educativo que apuestan por la verdadera educación inclusiva”.
Es por eso que la entidad ha decidido finalmente recurrir esta medida, con el objetivo de que las órdenes de los próximos años sean justas e igualitarias para todo el alumnado con discapacidad.
Asimismo, desde la Federación se contempló la posibilidad de solicitar medidas cautelares, pero la idea fue descartada para no perjudicar a todas las familias solicitantes de estas ayudas ante la posibilidad de quedar éstas en suspensión.
Para la defensa de este recurso, Down Galicia ha decidido contar con el abogado Juan Rodríguez Zapatero, experto en derecho administrativo y en cuestiones jurídicas sobre discapacidad, especialmente, sobre educación inclusiva.
Desde DOWN ESPAÑA queremos manifestar nuestro apoyo a Down Galicia. Esperamos que este recurso se resuelva satisfactoriamente y se garantice la igualdad de acceso a ayudas públicas del alumnado con síndrome de Down respecto al escolarizado en centros de educación especial.