Unas 12.000 personas con discapacidad podrán beneficiarse de los nuevos requisitos que flexibilicen la jubilación anticipada

Entraron en vigor el pasado día 1 de junio y supondrán una inversión de 150 millones de euros por parte de la Seguridad Social. Alrededor de 12.000 personas con una discapacidad igual o superior al

Entraron en vigor el pasado día 1 de junio y supondrán una inversión de 150 millones de euros por parte de la Seguridad Social.

Alrededor de 12.000 personas con una discapacidad igual o superior al 45% podrán beneficiarse de la reforma que actualiza y flexibiliza las condiciones para el acceso a la jubilación anticipada de dicho colectivo, según estimó este jueves el ministro de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones , José Luis Escrivá.

Los nuevos requisitos, que entran hoy en vigor, supondrán una inversión de 150 millones de euros por parte de la Seguridad Social «cuando estén plenamente desplegados».

Así lo afirmó el ministro en declaraciones a la prensa tras su reunión con el presidente del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi), Luis Cayo Pérez Bueno, y otros responsables del sector.

Según ha explicado, este real decreto implica, en primer lugar, una reducción muy importante del tiempo de cotización para acceder a esta modalidad de jubilación, ya que los trabajadores «ya no tendrán que esperar 15 años». «Basta con 5 años cotizados» desde el momento en que se produjo el reconocimiento de discapacidad.

Además, prosiguió, la nueva norma permitirá “acumular a diferentes discapacidades con diferentes grados” para alcanzar el umbral del 45% exigido. «También simplificamos el procedimiento» , ha añadido, para solicitar esta posibilidad, ya que con la normativa actual, es necesario un informe del Imserso o del organismo correspondiente de la comunidad autónoma que acredite la discapacidad. Con la nueva normativa, será suficiente un informe médico que lo demuestre.

Por último, el listado de patologías que pueden dar lugar a esta jubilación “queda mucho más abierto” en el nuevo real decreto, para que puedan incorporarse nuevas patologías en función de los avances de la ciencia. Hasta ahora, estaban especificadas en la misma ley, añadió.

Demanda del CERMI

La posibilidad de que los trabajadores con discapacidad del Régimen General de la Seguridad Social se acojan a la jubilación anticipada en determinados supuestos es una forma de compensar la menor esperanza de vida originada por la discapacidad o la intensificación de los efectos del envejecimiento causados ​​por ésta razón. 

Con este real decreto, el Gobierno atiende parcialmente a una antigua demanda del Cermio, que reclamaba revisar las condiciones de acceso a la jubilación anticipada de trabajadores con una discapacidad del 45% o superior porque durante la aplicación de la normativa ahora en vigor se van presentar «problemas y restricciones» que han dejado fuera a determinadas personas.

En declaraciones a Servimedia, el presidente del Cermio aplaudió esta medida que “atiende de forma casi total nuestra demanda” . A su juicio, resultará «muy beneficiosa» para los trabajadores con discapacidades más severas, que encuentran más problemas a la hora de permanecer en el mercado laboral hasta edades avanzadas.

La actualización del régimen de jubilación anticipada de trabajadores con discapacidad estaba contemplada en la última renovación del Pacto de Toledo que las Cortes Generales aprobaron el pasado año, donde existía una recomendación específica sobre protección social, Seguridad Social y personas con discapacidad que recogía este aspecto de flexibilización atendiendo así a una petición que el Cermio hizo al Parlamento.

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